ASUNTO: regulación de las condiciones de acceso de las empresas a los datos registrados en la TPC de sus trabajadores.

Muy Sr. Mío:

Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD), el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) (Reglamento 2016/679) y cuantas disposiciones legales resulten de aplicación en cada momento, y con el fin de informarle y asegurar un correcto uso y trato adecuado por su parte de los datos a los que tiene acceso, previo consentimiento expreso del trabajador/a perteneciente a la plantilla de su empresa, y con la posterior autorización de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN, ambas Partes convienen, mediante el presente acuerdo, en regular, poner de manifiesto y garantizar lo siguiente:

Primero.- La FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN, según lo dispuesto en el artículo 149 del vigente Convenio General del Sector de la Construcción, y a los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, ha establecido un sistema de acreditación de la formación en materia de prevención de riesgos laborales: la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC). Dicho sistema de acreditación ha sido objeto de un desarrollo posterior por el que se permite a las empresas acceder a los datos de sus trabajadores que resulten necesarios para acreditar su formación en dicha materia.

Segundo.- Para causar alta en este sistema de acreditación, es condición indispensable hallarse al corriente de pago de la cuota de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN.

Tercero.- La falta de pago de la cuota de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN, supondrá la cancelación de las claves de acceso a este sistema de acreditación, quedando por lo tanto denegado el acceso al mismo mientras la empresa no ingrese el importe de las cuotas debidas.

Cuarto.- La FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN, con CIF G-80468416 y domicilio social en la Calle Rivas, nº 25-28052 Madrid, es responsable del tratamiento de datos del fichero denominado "TPC"

Quinto.- Conforme a lo indicado en el punto anterior, la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN permite a la empresa. (en adelante "la empresa"), con CIF y domicilio social en de la localidad de, el acceso a los datos de sus trabajadores que resulten necesarios para acreditar su formación en materia de prevención de riesgos laborales y que han sido registrados en sus correspondientes TPC.

Sexto.- La empresa únicamente tendrá acceso a aquellos datos que la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN le proporcione, quedando prohibida su conservación y su comunicación a otras personas. La empresa guardará confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso.

Séptimo.- Igualmente, la empresa se obliga a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal a cualquier tercero ajeno a la misma. Las anteriores obligaciones serán también de necesario cumplimiento para sus empleados, esto es, se extienden a toda persona que pudiera intervenir en las tareas necesarias para obtener la información a la que se refiere la finalidad descrita, y subsistirán aún después de finalizada la prestación del servicio prestado en el marco del presente acuerdo. Cualquier uso de los datos que no se ajuste a lo dispuesto en la presente cláusula, será responsabilidad exclusiva de la empresa frente a terceros y frente a la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN, ante la que responderá por los daños y perjuicios que le hubiere podido ocasionar.

Octavo.- La empresa que suscribe este acuerdo manifiesta cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en particular, con las medidas de seguridad correspondientes a sus ficheros.